Abuso y pornografía infantil
Se dice en el Código Penal, tras la reforma, que cometerá delito informático o ciberdelito el que contacte con un menor de 16 años a través de internet, teléfono o de una TIC y proponga concertar un encuentro con el mismo con el fin de abuso o explotación sexual, siempre que tal propuesta se acompañe…