Hungría, actualmente conocido por su intolerancia y conservadurismo políticos de cara a la recepción de refugiados de guerra sirios, es sin embargo un país centroeuropeo muy abierto a inversiones extranjeras.
Con una población de casi 10 millones de habitantes y una superficie de alrededor de 90 mil kilómetros cuadrados, su moneda es el Florín Húngaro (HUF), de valor considerablemente menor que el Euro (1 EUR = 315,87 HUF).
Inversión extranjera.
Existe la posibilidad de crear una empresa con capital 100 % extranjero en Hungría, y los socios pueden ser tanto personas físicas como jurídicas.
Trámites para la constitución de una empresa.
Para constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada en Hungría hay que solicitar su inscripción en el Hungarian Company Court (Registro Mercantil húngaro), y para ello la necesaria representación através de un profesional, un abogado.
En ese momento de solicitud de inscripción de la empresa, se exige al menos tener aportada la mitad del capital social mínimo, que son 3.000 HUF (=9,50 EUR), de forma dineraria o en especie. La otra mitad deberá aportarse un año después. Definitivamente el capital social no supondrá nuestra ruina.
El administrador(es) puede ser extranjero, y sin ningún tipo de permiso si es nacional de un estado miembro de la UE. El administrador debe hacer una serie de declaraciones: de aceptación del cargo, de que no existe conflicto de intereses, declaración de que las aportaciones dinerarias están disponibles para la sociedad y aportación de su firma .
Otra documentación a aportar:
– Estatutos.
– Certificación de pago previo de tasas.
– Lista de socios.
– Justificante de domicilio social.
El plazo de respuesta desde que se solicita la inscripción en el Registro Mercantil es como máximo de 15 días.
Una vez establecida la Sociedad, el administrador, o persona que lo represente, debe abrir una cuenta bancaria.
La fiscalidad en Hungría
El IVA es muy elevado, del 27 %.
El Impuesto de Sociedades general es del 19 %, pero existen bonificaciones, y para Pymes puede llegar a reducirse hasta el 10 %.
Repatriación de beneficios.
El Estado Húngaro ha traspuesto la Directiva 90/435/CEE del Consejo, de 23 de julio de 1990, relativa al régimen fiscal común aplicable a las sociedades matrices y filiales de Estados Miembros diferentes. Esta Directriva permite la repatriación de beneficios Matriz-Filial entre Estados Miembros libre de impuestos.