La inmensa mayoría de usuarios de internet, e incluso los no usuarios, ha visto aparecer su nombre y sus datos en buscadores de internet y ha deseado eliminarlos.
Sólo una pequeña parte lo ha intentado y ha iniciado un largo y, en ocasiones, sinuoso camino. Si bien, la forma de cancelar los datos personales en internet ha sido simplificada de la mano de la curia europea.
Contra todo pronóstico y en sentido contrario a las conclusiones del abogado general del TJUE (acceso a las conclusiones presentadas el 25 de junio de 2013 ), el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, ha dictado este martes 13 sentencia por la que obliga a los proveedores de motores de búsqueda de internet, a los buscadores, –google, bind, yahoo…- a eliminar los datos de los usuarios que así lo soliciten.
Si bien establece determinadas condiciones, y aún siendo contravertida esta resolución, se materializa de esta forma el derecho al olvido, el derecho de los usuarios a no permanecer en la red.
Puedes acceder a la resolución del TJUE de 13 de mayo de 2014. Si bien, te facilitamos el asunto más destacable, a modo de resumen «para respetar los derechos ….., el gestor de un motor de búsqueda está obligado a eliminar de la lista de resultados obtenida tras una búsqueda efectuada a partir del nombre de una persona vínculos a páginas web, publicadas por terceros y que contienen información relativa a esta persona, también en el supuesto de que este nombre o esta información no se borren previa o simultáneamente de estas páginas web, y, en su caso, aunque la publicación en dichas páginas sea en sí misma lícita».
Podremos darle la bienvenida efectiva al derecho al olvido? La propia sentencia establece condiciones y excepciones, sobre las cuales trataremos en una entrada posterior.